Se postergó el tratamiento de la emergencia alimentaria en el Senado

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Pirola quiere garantizar el derecho a la alimentación de los santafesinos.

Si bien sólo la comisión de Desarrollo Social emitió despacho favorable y resta que se expidan las comisiones de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Salud Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se había acordado una preferencia de tratamiento para el pasado día 31 de octubre de 2019 que no prosperó, para el Proyecto de Ley (Expediente 39970 JL) del senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), presidente provisional del Senado, ingresado por mesa de movimiento el día miércoles 18 de setiembre de 2019, por el cual, mediante 21 artículos cuidadosamente elaborados, se declara la emergencia pública en materia alimentaria y nutricional en todo el territorio provincial, hasta el día 31 de diciembre de 2020.
 
En función de ello, en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día 7 de noviembre de 2019 se consensuó el traslado de dicha preferencia para la 2ª sesión ordinaria de prórroga del día 21 de noviembre de 2019 que tampoco prosperó y, el día 28 de noviembre de 2019, en la última sesión del fenecido 137º Período Ordinario de Sesiones se acordó una nueva preferencia. En tal caso, el posible tratamiento operaría recién después del 1º de mayo de 2020, fecha de inicio del 138º Período Ordinario de Sesiones.
 
Se aclara que se requiere, para su consideración en el recinto de “Senadores”, el dictamen de cuatro comisiones senatoriales, ya que sólo una, la de Desarrollo Social, emitió despacho favorable. Si tomamos en consideración el discurso del Gobernador Omar Perotti el día 11 de diciembre de 2019, en el cual describió muchas emergencias, en materia de seguridad, alimentaria, nutricional, educativa, económica, financiera, sanitaria, habitacional y otras, no sería sorpresivo que el primer mandatario provincial incluya el asunto en el temario de sesiones extraordinarias.
 
El Ministerio de Desarrollo Social, en su carácter de autoridad de aplicación, “debe adoptar todas las medidas y acciones administrativas y presupuestarias, hasta el máximo de los recursos que disponga, a los efectos de garantizar, en todo momento, la seguridad alimentaria de la población santafesina en situación de vulnerabilidad social”.
 
Y, además, actuando juntamente con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud, el citado Ministerio de Desarrollo Social “coordinará, gestionará y ejecutará las acciones respectivas en el marco de la emergencia alimentaria y nutricional”, la que podrá ser “prorrogada por un año por decisión del Poder Ejecutivo, en forma parcial o total, previo análisis, relevamiento y evaluación de la situación”.
 
Para ello, “se otorga una suma complementaria equivalente al 8% del valor resultante de la Canasta Básica Alimentaria (CBA)”, según la valoración mensual realizada por el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos), en el monto a abonar a los beneficiarios del “Programa Seguridad Alimentaria Santa Fe – Tarjeta Única de Ciudadanía” y “Programa Nutrir Más – Tarjeta Única de Ciudadanía – Componente Celíacos”, durante el período de vigencia de la presente Ley.
 
Se incorpora, además, una suma adicional equivalente en un 25% al valor de la ración diaria correspondiente al Servicio de Comedores Escolares y Copa de Leche, respectivamente, determinada según Ley Provincial Nº 13.296, que atiendan alumnos de los establecimientos educacionales oficiales y privados incorporados al ámbito oficial.
 
Se aumenta en hasta un 50% el monto de las partidas destinadas al Programa de Asistencia a Comedores Comunitarios en las localidades de la provincia donde se relevaren necesidades de familias afectadas por situación de vulnerabilidad social.
 
Y, en el mismo sentido, se dispone un refuerzo del 20%, en carácter de complemento, de la suma mensual que por persona y período determinado se abona a las entidades privadas con comedores externos que prestan servicios alimentarios a adultos mayores.
 
A los fines del cumplimiento de la presente Ley, se faculta a la autoridad de aplicación a “asignar partidas especiales” para “simplificar las condiciones generales de contratación” con posterior rendición de cuentas para afrontar erogaciones en adquisición de alimentos y víveres, para su “distribución y entrega a sectores de la población con vulnerabilidad social”, resumió el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) el Proyecto de Ley (Expediente 39970 JL) de su autoría, ingresado el día 18 de setiembre de 2019 por mesa de movimiento y con preferencia de tratamiento, luego de cuatro traslados, para la 1ª sesión ordinaria del 138º Período Ordinario de Sesiones del Senado Santafesino que comenzará el día 1º de mayo de 2020, salvo que el Gobernador Omar Ángel Perotti lo incluya en el temario de asuntos de interés público de las próximas sesiones extraordinarias, aunque resta el despacho de cuatro de las cinco comisiones permanentes internas a las que fue derivado, no sin antes agregar que “se busca enfrentar esta crisis y garantizar el derecho a la alimentación de muchos santafesinos que viven una situación difícil”.