Importante reunión con entidades rurales por la creación de una Unidad Fiscal Especial sobre Delitos Rurales

El encuentro fue encabezado por la Vicegobernadora Gisela Scaglia, los Senadores Rubén Pirola y Felipe Michlig, y el Fiscal Regional de Reconquista Rubén Martínez.

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En el recinto de la Cámara de Senadores, la Vicegobernadora Gisela Scaglia acompañada de los Senadores Rubén Pirola, Felipe Michlig, Orfilio Marcón, Alcides Calvo, Oscar Dolzani, Osvaldo Sosa, Esteban Motta, Armando Traferri, Pablo Verdecchia, Leonardo Diana y la Senadora Leticia Di Gregorio, recibieron a representantes de entidades rurales. El encuentro fue solicitado por el Senador por Las Colonias con el objetivo de analizar aspectos de un Proyecto de Ley de su autoría que propone la creación de una "Unidad Fiscal Especial sobre Delitos Rurales" en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación, correspondiente al Expediente N° 50948 DBL ingresado en la Sesión Ordinaria N°1 y que cuenta con la firma de los Senadores Rubén Pirola (Las Colonias), Orfilio Marcón (Gral. Obligado), Raúl Gramajo (9 de julio) y Felipe Michlig (San Cristóbal). Dicho asunto integra el listado de Preferencias para la Sesión Ordinaria N° 4 prevista para el jueves 13 de junio.

A la reunión también asistieron, entre otros, el Fiscal Regional del MPA de la Circunscripción Judicial Nro. 4 con siento en la ciudad de Reconquista, Dr. Rubén Daniel Martínez, los Diputados Joaquín Blanco y Leonardo Calaianov; Carlos Reynoso, Carlos Hernández y Daniel Masi en representación de la Sociendad Rural de Santa Fe, Marcelo Bianchi y Marcela Fabrisin por la Federación Agraria Argentina, Lucas Magnano en representación de CONINAGRO, y los integrantes de CARSFE Jorge Beca y Gustavo Suligoy.

El proyecto en cuestión propone la creación de una "Unidad Fiscal Especial sobre Delitos Rurales" en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación, que ejercerá sus funciones en el ámbito territorial de las cinco circunscripciones judiciales de la provincia y en relación a los hechos delictivos que se consideren cometidos en el ámbito rural y para aquellos hechos tipificados en el Código Penal, en los artículos 163°, inc 1); 167° ter; 167° quater; 167° quinque; 206°; 248° bis; 277° bis; 277° ter y 293° bis.