Detalles a continuación:
- Solicitud al Poder Ejecutivo para que participe a los Municipios y Comunas -aplicando los criterios de la Ley N° 7457 y modificatorias- los recursos que se del Gobierno Nacional en concepto de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) por un monto total de $ 2.639 millones, tal como lo testimonian los Decretos Provinciales números 354/20 y 419/20. Asimismo, se proceda adoptando similar criterio solicitado con los demás fondos que se reciban en el futuro en el marco del Decreto Nacional N° 352/20.
- Solicitud al Poder Ejecutivo para que proceda a instrumentar las siguientes medidas destinadas a los municipios y comunas de la Provincia, que, en su mayoría, fueran solicitadas oportunamente y aún se encuentran sin resolver y/o instrumentar: 1) Participar a municipios y comunas de recursos del Programa para la Emergencia Provincial creado por Decreto Nacional N° 352/20 y/o de otros Aportes del Tesoro Nacional y/o de otra asistencia financiera que remita el Estado Nacional con el objetivo de sostener el normal funcionamiento de las finanzas subnacionales y cubrir las necesidades ocasionadas por la epidemia de Covid-19. 2) Suspender, por el término de tres meses, la aplicación de retenciones sobre la coparticipación de impuestos a los municipios y comunas por distintos conceptos entre los que se destacan: devolución de adelantos de coparticipación, contribuciones de seguridad social y obra social, amortización correspondientes a planes de pago del Programa Equipar Santa Fe (Ley Nro 13566), operatoria PROMUDI en pesos, operatoria de construcción de viviendas y demás programas especiales. 3) Refinanciación de deudas de municipios y comunas, especialmente en concepto de anticipos de coparticipación, en plazos superiores a 24 meses 4) Cancelación de las deudas del Estado Provincial con municipios y comunas en concepto de obras y servicios, recordando los instrumentos que el Gobierno Provincial solicitara y que se establecieran en la Ley N° 13.977 "de necesidad pública". 5) Transferencia a los municipios y comunas de los recursos del Fondo de Obras Menores afectados a gastos corrientes correspondientes a los años 2018, 2019 y 2020. 6) Implementación urgente del "Programa de Intervención Integral de Barrios" creado por Ley N° 13.896 7) Distribuir en base a criterios objetivos consensuados y transferir los fondos del "Programa Atención Gobierno Locales - Emergencia COVID- 19" creado por Ley N° 13.978. 8) Transferencia de los fondos correspondientes a los programas de fuerte incidencia social que durante años se ejecutaron a través de los municipios y comunas mediante financiamiento provincial. A de mero ejemplo se destacan los Centros de Cuidados Infantiles, Niñez, prevención de adicciones, comedores, planes de viviendas, lotes propios.
FUENTE: senadosantafe.gob.ar