Borla solicita a la Provincia que destine fondos para municipios y comunas

Dos proyectos de comunicación de autoría del Senador por San Justo fueron aprobados por la Cámara Alta de la Legislatura Provincial el jueves pasado. Son dos pedidos de fondos para municipios y comunas solicitados al Poder Ejecutivo Provincial.

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Detalles a continuación:

-       Solicitud al Poder Ejecutivo para que participe a los Municipios y Comunas -aplicando los criterios de la Ley N° 7457 y modificatorias- los recursos que se del Gobierno Nacional en concepto de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) por un monto total de $ 2.639 millones, tal como lo testimonian los Decretos Provinciales números 354/20 y 419/20. Asimismo, se proceda adoptando similar criterio solicitado con los demás fondos que se reciban en el futuro en el marco del Decreto Nacional N° 352/20.

-       Solicitud al Poder Ejecutivo para que proceda a instrumentar las siguientes medidas destinadas a los municipios y comunas de la Provincia, que, en su mayoría, fueran solicitadas oportunamente y aún se encuentran sin resolver y/o instrumentar: 1) Participar a municipios y comunas de recursos del Programa para la Emergencia Provincial creado por Decreto Nacional N° 352/20 y/o de otros Aportes del Tesoro Nacional y/o de otra asistencia financiera que remita el Estado Nacional con el objetivo de sostener el normal funcionamiento de las finanzas subnacionales y cubrir las necesidades ocasionadas por la epidemia de Covid-19. 2) Suspender, por el término de tres meses, la aplicación de retenciones sobre la coparticipación de impuestos a los municipios y comunas por distintos conceptos entre los que se destacan: devolución de adelantos de coparticipación, contribuciones de seguridad social y obra social, amortización correspondientes a planes de pago del Programa Equipar Santa Fe (Ley Nro 13566), operatoria PROMUDI en pesos, operatoria de construcción de viviendas y demás programas especiales. 3) Refinanciación de deudas de municipios y comunas, especialmente en concepto de anticipos de coparticipación, en plazos superiores a 24 meses 4) Cancelación de las deudas del Estado Provincial con municipios y comunas en concepto de obras y servicios, recordando los instrumentos que el Gobierno Provincial solicitara y que se establecieran en la Ley N° 13.977 "de necesidad pública". 5) Transferencia a los municipios y comunas de los recursos del Fondo de Obras Menores afectados a gastos corrientes correspondientes a los años 2018, 2019 y 2020. 6) Implementación urgente del "Programa de Intervención Integral de Barrios" creado por Ley N° 13.896 7) Distribuir en base a criterios objetivos consensuados y transferir los fondos del "Programa Atención Gobierno Locales - Emergencia COVID- 19" creado por Ley N° 13.978. 8) Transferencia de los fondos correspondientes a los programas de fuerte incidencia social que durante años se ejecutaron a través de los municipios y comunas mediante financiamiento provincial. A de mero ejemplo se destacan los Centros de Cuidados Infantiles, Niñez, prevención de adicciones, comedores, planes de viviendas, lotes propios.

FUENTE: senadosantafe.gob.ar