Proyecto de Ley del senador Borla para declarar ciudad a Gobernador Crespo

Fue aprobado por la Cámara de Senadores el pasado Jueves y de esa forma obtuvo media sanción por lo que ahora espera su tratamiento en el recinto de Diputados.

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   La norma, en su articulado principal, establece:

ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad a la localidad de Gobernador Crespo, departamento San Justo, e institúyese en la misma el régimen municipal establecido por el artículo primero de la Ley N° 2.756 -Orgánica de Municipalidades-.

ARTÍCULO 2.- Establécese como jurisdicción territorial del nuevo municipio la que correspondía a las comuna de Gobernador Crespo.

ARTÍCULO 3.- Las tasas, contribuciones y demás tributos que por las ordenanzas vigentes percibía la comuna de Gobernador Crespo, deben ser percibidos por la administración municipal que la sustituye, hasta tanto se dicten las normas que deben regir, con arreglo a la Ley N° 2.756 y modificatorias.

ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley y convocará a comicios generales para elegir al Intendente y Concejo Municipal que regirá el municipio. Las actuales autoridades comunales continúan en sus cargos hasta la finalización de sus mandatos, ocasión en que deben asumir quienes resulten electas autoridades municipales.