"Ahora pueden disponerse o dividirse inmuebles rurales, en fracciones inferiores a la unidad económica agraria", puntualizó Bastia.
Para ello, tales bienes deben encontrarse inscriptos en condominio, o respecto de ellos, tener iniciado o se inicie el proceso sucesorio, del que derive la adjudicación en condominio.
En tal sentido, el diputado Fabián Bastia expresó su beneplácito, porque "esta normativa permitirá dar respuesta a innumerables familias, propietarias en condominios rurales."