Una nueva ley dispone la obligatoriedad y gratuidad de la vacunación para todos los argentinos.
El Senado aprobó el miércoles una nueva ley que dispone la obligatoriedad y la gratuidad de la vacunación contra enfermedades prevenibles en todo el territorio nacional, tanto para niños como para adultos, según lo establecido por el Calendario Nacional de Vacunación vigente.
El calendario tiene actualmente 20 vacunas obligatorias de las cuales dos, contra la Fiebre Amarilla y la Fiebre Hemorrágica Argentina, lo son solo en las zonas de riesgo de contraer esas enfermedades. El resto son en su mayoría vacunas que en una o más dosis deben recibir los niños y jóvenes desde los dos meses hasta los 15 años.
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La normativa recientemente aprobada encendió las alarmas porque indica que "la certificación del cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación debe ser requerida" también al momento de hacer el DNI, el pasaporte o la licencia de conducir.
El diputado tucumano que impulsó la ley, Pablo Yedlin, explicó que "no se va a interrumpir el trámite de ningún documento" por no tener el calendario completo, sino que esos trámites servirán como "puntos de control" y "notificación" para que las personas cumplan con la vacunación correspondiente.
"Lo que hay que hacer es llevar mucha tranquilidad, porque la única vacuna del adulto que es obligatoria es la doble bacteriana (dT), que hay que seguir poniéndosela cada diez años. Incluye la antitetánica y la vacuna contra la difteria".